Auto Supremo AS/0156/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2003

Fecha: 23-Abr-2003

Que los vicios insubsanables en los que han incurrido los de grado corresponden ser corregidos


Que los vicios insubsanables en los que han incurrido los de grado corresponden ser corregidos por el Tribunal Supremo y regularizar el procedimiento anulando obrados hasta el vicio más antiguo que se sitúa en el estado de pronunciarse nueva sentencia por juez competente sin espera de turno, por no ser ésta una figura jurídica reconocida para los jueces de primera instancia dentro de nuestro ordenamiento legal