CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado ut supra, recurre de nulidad el procesado
CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado ut supra, recurre de nulidad el procesado Mauricio Conde Apaza a fs. 128-130 vlta, haciendo hincapié que no existe elemento y prueba plena de culpabilidad para ser autor del delito atribuido y que los Tribunales a tiempo de condenarlo han incurrido en la nulidad prevista por el inc. 7) del art. 297 del Código de Procedimiento Penal, en relación al art. 242 inc. 3) del mismo cuerpo de leyes; solicitando al Supremo Tribunal que declare la nulidad invocada y se devuelva el expediente para que el Juez que dictó la sentencia haga una nueva valoración de la prueba que se aportó en el proceso
- agravada
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal de alzada haciendo uso de la facultad que le confiere el
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado ut supra, recurre de nulidad el procesado
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los datos del proceso en relación a los puntos
- Que por las diligencias de policía judicial debidamente ratificadas en el plenario, conforme se lee
- La figura del reenvío del expediente al Juez de sentencia para que nuevamente proceda a
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gutzlaff por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
