Auto Supremo AS/0221/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2003

Fecha: 24-Abr-2003

CONSIDERANDO: Que la recurrente Asunta de Camacho demanda revisión de sentencia condenatoria, invocando la causal

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 221 Sucre 24 de abril de 2003

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Asunta de Camacho, revisión de sentencia




VISTOS: el recurso de revisión de sentencia penal ejecutoriada interpuesta por Asunta de Camacho a fs. 325-328 vlta, en el fenecido proceso penal seguido a querella de Humberto Ortíz en contra de la recurrente y otros, por la comisión del delito de difamación, las pruebas que en fotocopias se aparejan y todo cuanto ver convino; y

CONSIDERANDO: Que la recurrente Asunta de Camacho demanda revisión de sentencia condenatoria, invocando la causal contenida en el art. 422º inc. 4, parágrafo c) del Nuevo Código de Procedimiento Penal, argumentando no haber cometido el delito de difamación y que el Juez de Instrucción de Sacaba al condenarla a la pena de multa de bolivianos dos mil por doscientos cuarenta días a razón de Bs. 8.33 por día, más costas, no ha valorado debidamente las pruebas de descargo, incurriendo en la violación de los arts. 171, 183 y 194 de la Ley Procesal Penal; asimismo acusa que los testigos de cargo falsearon a la verdad; por cuyo motivo pide al Supremo Tribunal se sirva anular la sentencia de 25 de septiembre de 2001 y se la absuelva de culpa y pena