El informe de Evaluación Psicológica de fs
El informe de Evaluación Psicológica de fs. 88-89 y el certificado Médico Forense de fs. 110, si bien concluyen en el Diagnóstico presuntivo que el procesado padece de "Síndrome de abstinencia a las drogas, con dependencia múltiple y que no consume desde su detención; sin embargo dicha adición, contrasta con la actividad preparatoria de suministro de clorhidrato y marihuana a la que se dedicaba el incriminado, estando en situación ilegal en el país, habida cuenta que el fraccionamiento en cantidades pequeñas ex profesamente preparadas para el suministro a sus ocasionales clientes, no ha sido desvirtuado y menos enervado en el debate de la causa por el inculpado; máxime si de por medio se suma el hecho de que la cantidad encontrada, supera el mínimo para su consumo personal y por consiguiente no encaja en la previsión del segundo periodo del art. 49 de la L. Nº 1008
- CONSIDERANDO: Que concluido el plenario y el periodo de conclusiones, en sujeción a los requisitos
- CONSIDERANDO: Que el procesado Edward William Alania Palma recurre de nulidad y casación con los
- CONSIDERANDO: Que revisados los elementos y pruebas del proceso, en relación a los puntos reclamados
- El informe de Evaluación Psicológica de fs
- Por estas consideraciones de carácter legal, se establece que la Corte de alzada al pronunciar
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a las funciones de Ministro
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
