CONSIDERANDO: Que contra los Autos de Vista mencionados recurre de casación Beatriz López Rojas a
CONSIDERANDO: Que contra los Autos de Vista mencionados recurre de casación Beatriz López Rojas a fs. 380-381 vlta, acusando la violación de los inc. 5) y 6) del art. 242 e inc. 1) del art. 244 y art. 135 todos del Código de Procedimiento Penal, art.13 del Código Penal y los arts. 55 y 98 de la Ley 1008, solicitando al Supremo Tribunal se case las resoluciones recurridas y deliberando en el fondo se la declara inocente de los hechos atribuidos
- tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que a fs
- CONSIDERANDO: Que contra los Autos de Vista mencionados recurre de casación Beatriz López Rojas a
- En similar forma impugnando los Autos de Vista de fs
- CONSIDERANDO: Que examinada las circunstancias y desarrollo que tuvo el iter críminis, en relación a
- En consecuencia, expuesto los razonamientos jurídicos y habiendo actuado la procesada recurrente en forma libre,
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a las funciones de Ministro
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído._David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
