Auto Supremo AS/0278/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0278/2003

Fecha: 19-May-2003

Que, tal como ha sostenido la jurisprudencia en innumerables Autos Supremos, es grande la trascendencia


Que, tal como ha sostenido la jurisprudencia en innumerables Autos Supremos, es grande la trascendencia que tiene para los jueces de instancia los arts. 243 y 244 del Código de Procedimiento Penal, ya que estas normas consagran la potestad de administrar justicia en materia penal; de ahí que los jueces al término de un proceso, se encuentran en el deber de darles aplicación cabal y justa, aspecto que solamente se puede cumplir con el estudio detallado de las pruebas, valorándolas conforme establece el art. 135 del Código de Procedimiento Penal. En el caso de autos, la Corte de alzada con criterio razonado y en observancia del art. 243 del Código Adjetivo Penal, con la convicción de que existe plena prueba condena al incriminado Dámaso Aparicio Rueda, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, imponiéndole la pena dentro de los límites fijados por los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal, sin infringir disposición legal alguna, menos las acusadas por el recurrente