Auto Supremo AS/0212/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2003

Fecha: 16-Jun-2003

RESULTANDO: Que en este proceso de conocimiento doble, el Juez Cuarto de Partido en lo


 

VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs. 230-232, interpuesto por Alejandro Pérez Veizaga, en contra del auto de vista de fs. 225-227 vlta., pronunciado en fecha 6 de noviembre de 2001 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, en el proceso ordinario doble sobre usucapión y reconvención por nulidad de escritura pública seguido por Alejandro Pérez Veizaga contra Roberto Pérez Veizaga, la contestación de fs. 235-237 vlta., el auto de concesión de fs. 238, los antecedentes del cuaderno procesal (2 cuerpos) y,

RESULTANDO: Que en este proceso de conocimiento doble, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba pronunció sentencia en fecha 19 de mayo de 2000 que cursa en folios 202 a 204, donde declara improbadas la acción principal de usucapión inmobiliaria así como las excepciones deducidas contra la reconvención, probadas la mutua petición y excepciones opuestas a la demanda principal, y por ende nula, la escritura pública objetada de 19 de julio de 1991, la posesión judicial aprehendida y los registros en Derechos Reales, con imposición de daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia