Que, en el sub-lite, tanto el Tribunal de primera instancia como la Corte ad-quem, ciertamente
Que, en el sub-lite, tanto el Tribunal de primera instancia como la Corte ad-quem, ciertamente incurrieron en error de derecho, comprobado por los mismos datos que arroja el proceso, al absolver de culpa y pena al incriminado, conculcando el art.135 del Código de Procedimiento Penal, y art. 48 de la Ley 1008, aspecto que es causal de casación según lo disponen los incisos 1) y 4) del art. 298 del Código Adjetivo Penal, correspondiendo enmendar dicho error, aplicando el numeral 3) del art. 307 del citado cuerpo legal
- CONSIDERANDO: Que, a fs
- CONSIDERANDO: Que, el origen del presente proceso se encuentra en el operativo realizado por efectivos
- Que, según los datos del proceso, Carlos Mamani Yampara es conocido narcotraficante involucrado en varios
- Que, si bien de acuerdo con el art
- Que, en el sub-lite, tanto el Tribunal de primera instancia como la Corte ad-quem, ciertamente
- No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a las funciones de Ministro
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
