De lo expuesto se infiere que los Tribunales de instancia no han infringido ni violado
De lo expuesto se infiere que los Tribunales de instancia no han infringido ni violado norma alguna al emitir sus fallos, por el contrario han obrado correctamente, tanto en la calificación del delito como en la pena impuesta, por tanto no son ciertas las infracciones acusadas por los recurrentes, lo que hace pertinente en el caso de autos dar aplicación al art. 307-2) del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que, impugnando el Auto de Vista referido el Ministerio Público así como los incriminados
- El Ministerio Público, manifiesta que los Tribunales de instancia han incurrido en infracción directa y
- Silverio Alfredo Choque Tusco, denuncia la violación del art
- Por su parte los incriminados Leonardo Antonio Choque Elias y Fructuoso Condori Rodríguez, denuncian haberse
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión y análisis de los antecedentes con relación a los hechos
- De lo expuesto se infiere que los Tribunales de instancia no han infringido ni violado
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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