No se regula el honorario de abogado por no haber sido contestado oportunamente el recurso
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el dictamen del Sr. Fiscal General de la República, declara INFUNDADO el recurso con costas.
No se regula el honorario de abogado por no haber sido contestado oportunamente el recurso
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: La demanda de declaración judicial de paternidad de fs
- La decisión del juez a quo es impugnada en apelación por el demandado, motivando la
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los obrados en función al recurso interpuesto se evidencia
- En el caso específico de la valoración de la prueba testifical, debemos inexcusablemente remitirnos al
- Finalmente en cuanto al estudio realizado en el Laboratorio Clínico, Gen y Vida que el
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- Que la etapa probatoria es un acto procesal muy importante que determina precisamente la decisión
- Que, por lo expuesto, este Tribunal Supremo se encuentra impedido de considerar la prueba aportada
- No se regula el honorario de abogado por no haber sido contestado oportunamente el recurso
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Proveído : Sucre, 25 de agosto de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
