Proveído : Sucre, 25 de agosto de 2003
Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
Proveído : Sucre, 25 de agosto de 2003
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: La demanda de declaración judicial de paternidad de fs
- La decisión del juez a quo es impugnada en apelación por el demandado, motivando la
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los obrados en función al recurso interpuesto se evidencia
- En el caso específico de la valoración de la prueba testifical, debemos inexcusablemente remitirnos al
- Finalmente en cuanto al estudio realizado en el Laboratorio Clínico, Gen y Vida que el
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- Que, por lo expuesto, este Tribunal Supremo se encuentra impedido de considerar la prueba aportada
- No se regula el honorario de abogado por no haber sido contestado oportunamente el recurso
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Proveído : Sucre, 25 de agosto de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
