CONSIDERANDO: Que a fs
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Lucio Cabrera elgarejo e Hilda Salvatierra de Cabrera a fs. 296-298 vlta. y por Carlos Hernán Huanca Flores a fs. 301-302 vlta., impugnando el Auto de Vista de fecha 4 de abril de 2002 de fs. 293-294, pronunciado por la sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, en el proceso penal seguido por los nombrados en primer término contra el segundo recurrente, por la comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, el requerimiento del Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República de fs. 307-308; y
CONSIDERANDO: Que a fs. 268-270, cursa la sentencia dictada por el Juez Primero de Partido en lo Penal de la ciudad de Cochabamba, que declara al procesado Carlos Hernán Huanca Flores, autor de los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, incursos en la sanción de los arts. 199 y 203 del Código Penal y lo condena a la pena de tres años y ocho meses de reclusión a cumplir en la Cárcel Pública de Arocagua de dicha ciudad, con el pago de costas al Estado por 120 días a Bs. 2.-por día, a la parte civil, como al resarcimiento de daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia y, asimismo lo absuelve por el delito de falsedad material previsto en el art. 198 del Código Penal
- Flores, falsedad material y otros
- CONSIDERANDO: Que a fs
- En grado de apelación la Corte de alzada haciendo uso del segundo periodo del art
- CONSIDERANDO: Que los querellantes Lucio Cabrera Melgarejo e Hilda Salvatierra de Cabrera recurren de nulidad
- CONSIDERANDO: Que del análisis de las pruebas que se arriman al proceso, se evidencia que
- Que el tipo penal previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído.-Lic. David baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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