Auto Supremo AS/0272/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2003

Fecha: 06-Sep-2003

En el sub-lite se alega que el juez suplente legal hubiese perdido competencia en la


En el sub-lite se alega que el juez suplente legal hubiese perdido competencia en la causa, al no pronunciar la sentencia en 40 días desde la providencia de cúmplase. Sobre el particular la preceptiva del capítulo IV, título IV del libro 1° del Código de Procedimiento Civil, arts. 205 al 212, solo son aplicables al juez titular y no al suplente, pues así expresa claramente el art. 210 del indicado Código, por manera que la pérdida de competencia prevista en el art. 208 no le es aplicable, tal como señala acertadamente la resolución impugnada que aplica adecuadamente la normativa señalada sin infringirla