CONSIDERANDO: Que, contra la resolución indicada, recurre de casación Juan Cruz Villalba a fs
CONSIDERANDO: Que, contra la resolución indicada, recurre de casación Juan Cruz Villalba a fs. 915-919, denunciando no haberse valorado correctamente la prueba de descargo, y que en obrados no existe prueba plena que acredite su participación en el ilícito, siendo su único delito el haber omitido denunciar el hecho por temor. Pide casar el auto recurrido absolviéndolo de culpa y pena
- CONSIDERANDO: Que concluida la fase del plenario, el Juez a-quo a fs
- Que, elevado el proceso en apelación a conocimiento de la Corte Superior, ésta por intermedio
- CONSIDERANDO: Que, contra la resolución indicada, recurre de casación Juan Cruz Villalba a fs
- Por su parte Luís Antonio Humaza Chavarria, a fs
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y estudio de las pruebas y actuados que informan el proceso,
- Por lo expuesto se evidencia que los cuatro incriminados han participado activamente en la comisión
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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