Por lo expuesto se evidencia que los cuatro incriminados han participado activamente en la comisión
Por lo expuesto se evidencia que los cuatro incriminados han participado activamente en la comisión del hecho ilícito intelectual y materialmente, no habiendo sido desvirtuada la imputación en ningún momento por la prueba de descargo, de lo que se infiere que no son ciertas las infracciones acusadas por los procesados en sus recursos, por el contrario en autos no existe violación de ninguna norma sustantiva o infracción de norma procesal alguna, por lo que corresponde aplicar el inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que concluida la fase del plenario, el Juez a-quo a fs
- Que, elevado el proceso en apelación a conocimiento de la Corte Superior, ésta por intermedio
- CONSIDERANDO: Que, contra la resolución indicada, recurre de casación Juan Cruz Villalba a fs
- Por su parte Luís Antonio Humaza Chavarria, a fs
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y estudio de las pruebas y actuados que informan el proceso,
- Por lo expuesto se evidencia que los cuatro incriminados han participado activamente en la comisión
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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