Auto Supremo AS/0071/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2004

Fecha: 29-Oct-2004

A su vez, cuando la ley no da a cierto tipo de pruebas un valor


A su vez, cuando la ley no da a cierto tipo de pruebas un valor determinado y en todo caso, su valoración la deja librada a las reglas de la sana crítica, tal el caso de la prueba testifical, pericial y otras, se incurre en error de hecho cuando el juez o tribunal de instancia equivocadamente cree que se ha probado o negado un hecho, lo que esta en contra de lo aseverado por un documento auténtico; en consecuencia, el recurrente para plantear un recurso de casación por esta razón, como condición sine qua non debe señalar los documentos o actos auténticos que demuestren la equivocación del juzgador