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    Auto Supremo AS/0576/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0576/2004

    Fecha: 04-Oct-2004

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    • Homicidio y otros
    • CONSIDERANDO: que en virtud a la facultad conferida por el artículo 15 de la Ley
    • Que el recurso de casación de fojas 98 fue admitido por Auto Supremo Nº 45
    • Que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 399 del Código de Procedimiento Penal,
    • Al margen de las irregularidades mencionadas, el Auto de Vista fue registrado 49 días después
    • Los recursos son instrumentos de control de la actividad procesal, principalmente de la función jurisdiccional;
    • Cuando en una apelación restringida se encuentran defectos de forma, ningún tribunal está facultado a
    • POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
    • Dando cumplimiento al artículo 420 de la Ley Nº 1970, remítanse copias del presente Auto
    • Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Sucre, cuatro de octubre de dos mil cuatro
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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