Auto Supremo AS/0576/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0576/2004

Fecha: 04-Oct-2004

Cuando en una apelación restringida se encuentran defectos de forma, ningún tribunal está facultado a


Cuando en una apelación restringida se encuentran defectos de forma, ningún tribunal está facultado a rechazar el recurso formulado sin haberle dado al recurrente la oportunidad de subsanar las formalidades extrañadas, conforme establece el artículo 399 del Código de Procedimiento Penal. Lo contrario implicaría vulnerar normas del debido proceso y fundamentalmente el derecho de defensa