Jaime Ampuero García y José Luis Baptista Morales, Ministros de la Sala Penal, en relación
MINISTRO RELATOR: Dr. José Luis Baptista Morales
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Vistos: en conclusiones el sumario penal seguido a querella de Luis Urey Saucedo en representación de Benjamín Pereira Campos y el Ministerio Público contra los Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz Osvaldo Céspedes Céspedes y Edgar Terrazas Melgar por la presunta comisión del delito de prevaricato previsto por el artículo 173 del Código Penal, sus antecedentes, el requerimiento fiscal, y
Jaime Ampuero García y José Luis Baptista Morales, Ministros de la Sala Penal, en relación a la atribución conferida por el parágrafo I, inciso 6º) del artículo 118 de la Constitución Política del Estado, con referencia a acusaciones a dos Vocales de Cortes de Distrito por prevaricato, exponemos:
I.- Los imputados
Osvaldo Céspedes Céspedes, con cédula de identidad número 1497658 SC, casado, nacido en la ciudad de Santa Cruz en 17 de febrero de 1947, abogado, con domicilio en calle Paraguay 2070, Vocal de Corte de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, actualmente en libertad, con domicilio procesal en el primer piso de la Corte
- de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- Prevaricato
- Jaime Ampuero García y José Luis Baptista Morales, Ministros de la Sala Penal, en relación
- Edgar Terrazas Melgar, con cédula de identidad número 1500778 SC, casado, nacido en la ciudad
- Ambos fueron imputados por la presunta comisión de delito de prevaricato tipificado por el artículo
- El querellante Luis Urey Saucedo a fojas 91 a 94 manifestó que, al actuar como
- Sostuvo que solicitó la regulación de honorarios a la Juez Cuarto de Partido de Familia
- Manifestó que, habiendo impugnado esa decisión mediante el correspondiente recurso de apelación, los dos Vocales
- El Fiscal de Materia, con la facultad otorgada por los artículos 289 y 300 del
- Producidas las notificaciones legales que constan en fojas 107, 108 y 109, se tiene la
- El Vocal Edgar Terrazas Melgar a fojas 112 a 113 expresó que confirmaron el Auto
- El imputado Osvaldo Céspedes Céspedes a fojas 114 ofreció prueba de descargo consistente en fotocopias
- El imputado Edgar Terrazas Melgar presentó pruebas de descargo relativas a los antecedentes del proceso
- El Fiscal de Materia, William Tórres Tordoya, cumpliendo con el requerimiento del Fiscal General de
- La decisión de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito
- El Auto de Vista de 12 de marzo de 2002, al haber sido dictado conforme
- En el caso analizado, se establece que los Vocales querellados, al actuar con facultad jurisdiccional
- Se pudo apreciar que de los tres inmuebles que formaron parte de la comunidad de
- Otro elemento que hace insustentable la querella es el desistimiento del querellante a favor de
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- No interviene el Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada por haberse excusado
- Relator: Ministro Dr. José Luis Baptista Morales
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, dieciocho de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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