No interviene el Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada por haberse excusado
No interviene el Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada por haberse excusado
- de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- Prevaricato
- Jaime Ampuero García y José Luis Baptista Morales, Ministros de la Sala Penal, en relación
- Edgar Terrazas Melgar, con cédula de identidad número 1500778 SC, casado, nacido en la ciudad
- Ambos fueron imputados por la presunta comisión de delito de prevaricato tipificado por el artículo
- El querellante Luis Urey Saucedo a fojas 91 a 94 manifestó que, al actuar como
- Sostuvo que solicitó la regulación de honorarios a la Juez Cuarto de Partido de Familia
- Manifestó que, habiendo impugnado esa decisión mediante el correspondiente recurso de apelación, los dos Vocales
- El Fiscal de Materia, con la facultad otorgada por los artículos 289 y 300 del
- Producidas las notificaciones legales que constan en fojas 107, 108 y 109, se tiene la
- El Vocal Edgar Terrazas Melgar a fojas 112 a 113 expresó que confirmaron el Auto
- El imputado Osvaldo Céspedes Céspedes a fojas 114 ofreció prueba de descargo consistente en fotocopias
- El imputado Edgar Terrazas Melgar presentó pruebas de descargo relativas a los antecedentes del proceso
- El Fiscal de Materia, William Tórres Tordoya, cumpliendo con el requerimiento del Fiscal General de
- La decisión de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito
- El Auto de Vista de 12 de marzo de 2002, al haber sido dictado conforme
- En el caso analizado, se establece que los Vocales querellados, al actuar con facultad jurisdiccional
- Se pudo apreciar que de los tres inmuebles que formaron parte de la comunidad de
- Otro elemento que hace insustentable la querella es el desistimiento del querellante a favor de
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- No interviene el Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada por haberse excusado
- Relator: Ministro Dr. José Luis Baptista Morales
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, dieciocho de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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