Auto Supremo AS/0637/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0637/2004

Fecha: 20-Oct-2004

Que en el caso de autos, sin ingresar al fondo de los argumentos del recurso


Que en el caso de autos, sin ingresar al fondo de los argumentos del recurso de casación, se advierte que el Tribunal de Alzada ha pronunciado el Auto de Vista de fojas 246, declarando improcedente el recurso de apelación restringida deducido por la procesada, por inobservancia de los requisitos de forma previstos en el artículo 408 del Procedimiento Penal, sin antes haber aplicado el artículo 399 del Código de Procedimiento Penal de otorgarle el plazo de tres días a efecto de que subsane su recurso, bajo apercibimiento de rechazo, omisión que viola un derecho fundamental, de impugnar y apelar una sentencia, lo que constituye un defecto absoluto al tenor del artículo 169 inciso 3) de la Ley No. 1970