Auto Supremo AS/0661/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2004

Fecha: 25-Oct-2004

CONSIDERANDO: que del análisis del contenido de los precedentes que se invocan, se puede colegir


CONSIDERANDO: que del análisis del contenido de los precedentes que se invocan, se puede colegir que si bien los imputados han sido condenados por los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza, sin embargo en relación al Auto Supremo N° 21, se extrae que los imputados Dilo Montecinos Avendaño y José Moscoso Ríos, en su calidad de Presidente Ejecutivo y Gerente General de la Empresa "SIN PRON", adquirieron un crédito de $us. 5.000.- de la inmobiliaria "La Confianza", con garantía del inmueble de propiedad del querellante que también era socio de la Empresa, dineros que en lugar de ser destinados a la elaboración de un estudio de factibilidad y el saldo para activar el movimiento general de "SIN PRON", tal como estaba previsto, sensiblemente fueron depositados en sus cuentas personales en Bancos diferentes con el fin de obtener intereses en provecho propio; situación totalmente diferente al objeto del proceso en que se dictó el Auto de Vista que ahora se ataca