Que el imputado recurrente consideró que su conducta se acomoda al tipo penal previsto por
Que el imputado recurrente consideró que su conducta se acomoda al tipo penal previsto por el artículo 55 de la Ley 1008 con relación al artículo 8° del Código Penal, por lo que calificó de inadecuada su condena por el delito de tráfico tipificado por el artículo 48 en relación al artículo 33 inc. m) de la Ley 1008
- Tráfico de Sustancias Controladas
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación debe ser interpuesto dentro del plazo de los cinco
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- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
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