VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 14 de abril del año 2003 por Walter
SALA PENAL
AUTO SUPREMO: No 720 Sucre 26 de noviembre de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Nelly Pacheco Céspedesc/ Walter Gomez Méndez
Giro de cheque en descubierto
MINISTRO RELATOR: Dr. José Luis Baptista Morales
VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 14 de abril del año 2003 por Walter Gómez Méndez (fojas 334 a 335 vuelta), impugnando el Auto de Vista número 25/2003 emitido el 17 de marzo anterior por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz (fojas 329 a 330) que, en fase de conocimiento de recursos de apelación planteados por demandado y por demandante, confirmó con modificación en cuanto al monto para pago la Sentencia número 27/2002 de 15 de mayo de 2002 (fojas 293 a 295) y el Auto Complementario de fecha 22 del mismo mes (fojas 298 vuelta) mediante los cuales el Juez Primero Liquidador de Partido en lo Penal del mencionado Distrito Judicial de La Paz, al término de un proceso penal por delito de giro de cheque en descubierto, calificó la responsabilidad civil en una suma que la parte demandante percibió como baja y la parte demandada como excesiva
AUTO SUPREMO: No 720 Sucre 26 de noviembre de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Nelly Pacheco Céspedesc/ Walter Gomez Méndez
Giro de cheque en descubierto
MINISTRO RELATOR: Dr. José Luis Baptista Morales
VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 14 de abril del año 2003 por Walter Gómez Méndez (fojas 334 a 335 vuelta), impugnando el Auto de Vista número 25/2003 emitido el 17 de marzo anterior por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz (fojas 329 a 330) que, en fase de conocimiento de recursos de apelación planteados por demandado y por demandante, confirmó con modificación en cuanto al monto para pago la Sentencia número 27/2002 de 15 de mayo de 2002 (fojas 293 a 295) y el Auto Complementario de fecha 22 del mismo mes (fojas 298 vuelta) mediante los cuales el Juez Primero Liquidador de Partido en lo Penal del mencionado Distrito Judicial de La Paz, al término de un proceso penal por delito de giro de cheque en descubierto, calificó la responsabilidad civil en una suma que la parte demandante percibió como baja y la parte demandada como excesiva
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 14 de abril del año 2003 por Walter
- CONSIDERANDO: que el recurrente sostuvo que, habiendo la sentencia respectiva fijado para fines de responsabilidad
- Que la aplicación a materia penal de normas propias del Código de Procedimiento Civil, corresponde,
- Que tal disposición no es propiamente contraria a lo determinado en el artículo 196 del
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
- Relator: Ministro Dr. José Luis Baptista Morales
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintiséis de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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