Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del inciso 2) del artículo 424 del Código de Procedimiento Penal, ANULA la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2001, pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz, y en su mérito dispone la realización de un nuevo juicio, por otro Juez de Sentencia.
Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Despojo
- CONSIDERANDO: que con los fundamentos expuestos a fojas 272 a 277 e invocando la causal
- Que admitido el recurso de revisión por Auto Supremo número 114 de fecha 7 de
- Que de la revisión de los antecedentes procesales del juicio principal y de la prueba
- Que por su parte María Magdalena Zampieri Ramos viuda de Jiménez, ingreso a ocupar el
- Que la Ley número 2372 de 22 de mayo de 2002 otorga la facultad a
- Que esos hechos demuestran que no está plenamente acreditado el derecho real constituido y la
- Que la finalidad del recurso de revisión es rescindir sentencias condenatorias firmes e injustas por
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, veintiséis de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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