Por lo expuesto, encontrándose demostrada la infracción acusada en casación, corresponde resolver el recurso en
Por lo expuesto, encontrándose demostrada la infracción acusada en casación, corresponde resolver el recurso en la forma prevista por el art. 274 del Código de Procedimiento Civil por expreso mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO Nº 124 - Social Sucre, 16 de marzo de 2004
- PARTES: Carlos Oriel Ortiz Cardozo c/ Universidad Juan Misael Saracho
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y S
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes se establece que la controversia sometida a juicio,
- Que pasando a analizar los argumentos del recurso de casación con relación a los fallos
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- Que de la inteligencia de los arts
- Por lo expuesto, encontrándose demostrada la infracción acusada en casación, corresponde resolver el recurso en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Sucre, 16 de marzo de 2004
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
