Cabe establecer, que el Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisiciones
Cabe establecer, que el Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisiciones de la Unidad de Recaudación, con vigencia a partir de fecha 21 de julio de 1997, posterior a la de la presentación de la solicitud por parte de Javier Guzmán Sandoval (08.01.97), sirvió de parámetro legal para que se desestimara dicha solicitud y posterior recurso de reclamación, argumentando que la documentación de Javier Guzmán Sandoval, recién fue completada en fecha 18 de noviembre de 1997, debiendo considerarse la misma como fecha de presentación de la solicitud, de conformidad al art. 471 del Reglamento del Código de Seguridad Social, correspondiendo en consecuencia, aplicar el art. 44-a) del varias veces citado Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisiciones de la Unidad de Recaudación
- AUTO SUPREMO Nº 254 - Administrativo (Reclamación) Sucre, 9 de junio de 2004
- PARTES: Javier Oscar Guzmán Sandoval c/ Dirección General de Pensiones
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el Recurso de Reclamación a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales, con relación al recurso de casación deducido,
- Dicha petición fue desestimada por parte de la Comisión Nacional de Calificación de Rentas, observando
- Cabe establecer, que el Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisiciones
- No obstante ser evidentes los argumentos de la Dirección General de Pensiones, es necesario, considerar
- El razonamiento expuesto, demuestra que el Tribunal Ad quem ha obrado correctamente, enmarcando su resolución
- Consecuentemente, no existiendo aplicación errónea de la resolución 030/91 emitida por el Directorio del ex
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 9 de junio de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
