Que con la facultad conferida por el art
Que con la facultad conferida por el art. 290 del Código de Procedimiento Penal, el Tribunal de Alzada pronuncia el Auto de Vista de fs. 2680-2681 que confirma en todos sus extremos la sentencia apelada de fs. 2566- 2569, con costas
- CONSIDERANDO: Cursa a fs
- Que con la facultad conferida por el art
- CONSIDERANDO: Que con los fundamentos expuestos en el memorial de fs
- CONSIDERANDO: Que de un atento y cuidadoso estudio del proceso, se establece que la Corte
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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