Auto Supremo AS/0378/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0378/2004

Fecha: 23-Jun-2004

En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado se infiere que la Corte ad-quem al dictar


En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado se infiere que la Corte ad-quem al dictar el Auto de Vista impugnado, completando la sentencia de primera instancia que omitió señalar el tipo de pena impuesta, no ha infringido ninguna disposición de orden legal, por el contrario ha aplicado con rectitud y probidad lo dispuesto por los arts. 133, 134, 135 y 243 del Código de Procedimiento Penal, así como los arts. 353, 358-inc. 1) 37, 38 y 40 del Código Penal, haciendo prevalecer el art. 16 de la Constitución Política del Estado durante el desarrollo del proceso