En la especie, la parte demandante no ha observado los requisitos de admisibilidad previstos por
En la especie, la parte demandante no ha observado los requisitos de admisibilidad previstos por el Art. 299 del Adjetivo Civil, al no presentar los testimonios de la sentencia que declare el fraude procesal esgrimido y el certificado de ejecutoria de la sentencia cuya revisión se demanda, pretendiendo que prospere la revisión con el sólo anuncio de la existencia del mismo en su memorial de demanda, hecho que denota desconocimiento de la acción que se pretende activar
- CONSIDERANDO: De la revisión de los antecedentes presentados por el demandante, se establece que
- Por otro lado, alude en forma referencial que el presente caso versaría sobre la estafa
- Finalmente afirma que, durante la tramitación del proceso ordinario, la parte contraria y su patrocinante
- CONSIDERANDO: Que el Art
- Asimismo, el Art
- En la especie, la parte demandante no ha observado los requisitos de admisibilidad previstos por
- En consecuencia, el demandante ha equivocado su accionar con la errónea interpretación que hizo del
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese y archívese
- Secretaria de Cámara de Sala Plena
