CONSIDERANDO: Que si bien el recurrente efectúa una detallada descripción del proceso penal y del
CONSIDERANDO: Que si bien el recurrente efectúa una detallada descripción del proceso penal y del civil, acusando prescripción de la acción, vicios de nulidad de los procesos penal y civil y violación a los derechos de amplia defensa, principalmente de no ser propietario del vehículo en que iba la víctima en las pizaderas y por ende considera no encontrarse entre los responsables penalmente por el art. 162 del Código de Tránsito; sin embargo omite presentar pruebas nuevas, hechos nuevos, que permitan descubrir a la luz del Tribunal Supremo; que el hecho no fue cometido; que el condenado no fue autor o partícipe del delito, o que el hecho no sea punible
- Revisión de sentencia
- CONSIDERANDO: Que Fructuoso Quiroga Bazoalto amparándose en las causales 4), 5) y 6) del art
- Consta también que existe sentencia de calificación de responsabilidad civil, conforme se evidencia por las
- CONSIDERANDO: Que si bien el recurrente efectúa una detallada descripción del proceso penal y del
- El mismo defecto se observa con relación a la retroactividad de la ley, puesto que
- En cuanto a la causal 6) del art
- Por consiguiente, al no existir ningún hecho o prueba nueva que no haya sido tomada
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- roveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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