Consta también que existe sentencia de calificación de responsabilidad civil, conforme se evidencia por las
Consta también que existe sentencia de calificación de responsabilidad civil, conforme se evidencia por las resoluciones que siguen: 1°) sentencia pronunciada por el Juez de Instrucción 4to. en lo Penal Liquidador de fs. 10-12, que califica en la suma de $us. 5.639.58.- o su equivalente en moneda nacional, correspondiendo cancelar cada uno de los condenados el monto de $us. 2.819.29.; 2°) en grado de apelación la sentencia es modificada, en la suma de $us. 13.697,44 por concepto de responsabilidad civil con cargo únicamente al condenado Fructuoso Quiroga Bazoalto y a favor del demandante Celestino López Arrázola (ver. Fs. 15-17 vlta) y 3°) en recurso de casación por efecto del Auto de fs. 25-26, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, Casa en parte el Auto de Vista de fecha 30 de abril de 2003, disponiendo que la suma calificada deberá ser cancelada a 50% por cada uno de los procesados, es decir por Fructuoso Quiroga Bazoalto y Pedro Castro López
- Revisión de sentencia
- CONSIDERANDO: Que Fructuoso Quiroga Bazoalto amparándose en las causales 4), 5) y 6) del art
- Consta también que existe sentencia de calificación de responsabilidad civil, conforme se evidencia por las
- CONSIDERANDO: Que si bien el recurrente efectúa una detallada descripción del proceso penal y del
- El mismo defecto se observa con relación a la retroactividad de la ley, puesto que
- En cuanto a la causal 6) del art
- Por consiguiente, al no existir ningún hecho o prueba nueva que no haya sido tomada
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- roveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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