Auto Supremo AS/0406/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2004

Fecha: 02-Ago-2004

Por consiguiente, al no existir ningún hecho o prueba nueva que no haya sido tomada


Por consiguiente, al no existir ningún hecho o prueba nueva que no haya sido tomada en cuenta por el Tribunal juzgador, la sentencia no puede rescindirse sólo por causas o motivaciones subjetivas calificadas de injustas por el propio responsable del delito, habida cuenta que la revisión si bien no es un recurso técnicamente dicho, sí es una acción independiente que da lugar a un proceso, cuya finalidad primordial es rescindir sentencias condenatorias firmes y clamorosamente injustas