Por consiguiente, al no existir ningún hecho o prueba nueva que no haya sido tomada
Por consiguiente, al no existir ningún hecho o prueba nueva que no haya sido tomada en cuenta por el Tribunal juzgador, la sentencia no puede rescindirse sólo por causas o motivaciones subjetivas calificadas de injustas por el propio responsable del delito, habida cuenta que la revisión si bien no es un recurso técnicamente dicho, sí es una acción independiente que da lugar a un proceso, cuya finalidad primordial es rescindir sentencias condenatorias firmes y clamorosamente injustas
- Revisión de sentencia
- CONSIDERANDO: Que Fructuoso Quiroga Bazoalto amparándose en las causales 4), 5) y 6) del art
- Consta también que existe sentencia de calificación de responsabilidad civil, conforme se evidencia por las
- CONSIDERANDO: Que si bien el recurrente efectúa una detallada descripción del proceso penal y del
- El mismo defecto se observa con relación a la retroactividad de la ley, puesto que
- En cuanto a la causal 6) del art
- Por consiguiente, al no existir ningún hecho o prueba nueva que no haya sido tomada
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- roveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
