El Auto de Vista así dictado es recurrido de nulidad o casación por María Córdova
El Auto de Vista así dictado es recurrido de nulidad o casación por María Córdova Magne a través de su apoderado José Hugo Añez Sandoval, con la exposición de motivos correspondiente en su memorial de fs. 278 - 279 en el que denuncia haberse lesionado sus derechos por infracción de disposiciones legales vigentes; no haciendo constar expresamente esos derechos lesionados y menos citando la aducida infracción de las disposiciones legales, limitándose a quejarse de la no consideración de las excepciones que opuso, de las facturas de pago por consumo de agua y luz y que las construcciones son clandestinas. No cumpliendo de esta manera con exigencias legales acerca de la técnica procesal a aplicarse en la presentación y tramitación del recurso de casación
- De mejoras y pago correspondiente)
- MINISTRA RELATORA: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- CONSIDERANDO: Que a fs
- El Auto de Vista así dictado es recurrido de nulidad o casación por María Córdova
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación sea en el fondo, en la forma, o en
- De lo observado en el considerando anterior se infiere que el recurrente no ha cumplido
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
- Se regula honorario de abogado en la suma de Bs
- Firmado: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
- Ma. del Rosario Vilar G
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