Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0038/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0038/2004

    Fecha: 30-Sep-2004

    ?? ?? ?? ??


    Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda

    ?? ?? ?? ??
    • MINISTRA RELATORA: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
    • CONSIDERANDO: El recurso de casación es un medio de impugnación de carácter extraordinario, el cual
    • Este recurso se equipara a una demanda nueva de puro derecho y procede para invalidar
    • CONSIDERANDO: La sentencia s/n dictada por el Juez de Partido Primero en materia Civil y
    • El Tribunal de apelación mediante Auto de Vista Nº 81/02 confirma en todas sus partes
    • De esta manera, la demandante perdidosa interpone recurso de casación en la forma y en
    • CONSIDERANDO: Que dicho memorial de recurso repite los mismos argumentos expuestos en el de apelación,
    • En cuanto al anunciado recurso de casación en el fondo no acusa expresamente infracción a
    • CONSIDERANDO: Que de la revisión del Auto de Vista impugnado se encuentra que el tribunal
    • Que el recurso de casación en el fondo y en la forma, o en ambos,
    • De lo expuesto se deduce que corresponde aplicar en el presente caso la normativa de
    • POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
    • Relatora: Ministra Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
    • Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • ?? ?? ?? ??

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca