CONSIDERANDO: Que dicho memorial de recurso repite los mismos argumentos expuestos en el de apelación,
CONSIDERANDO: Que dicho memorial de recurso repite los mismos argumentos expuestos en el de apelación, aunque de manera más ordenada y adecuada a las exigencias del art. 258 del Código adjetivo citado. En cuanto al recurso de casación en la forma acusa que en el Auto de Vista se hubiere incurrido en error de hecho en la apreciación de las pruebas literales y testificales de cargo, sin tomar en cuenta las previsiones de los arts. 90, 190 y 236 del Código de Procedimiento Civil. Que para confirmar la sentencia del a quo justifica con los mismos argumentos contradictorios de ese fallo e incurre en el mismo error de apreciación de la sentencia apelada
- MINISTRA RELATORA: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- CONSIDERANDO: El recurso de casación es un medio de impugnación de carácter extraordinario, el cual
- Este recurso se equipara a una demanda nueva de puro derecho y procede para invalidar
- CONSIDERANDO: La sentencia s/n dictada por el Juez de Partido Primero en materia Civil y
- El Tribunal de apelación mediante Auto de Vista Nº 81/02 confirma en todas sus partes
- De esta manera, la demandante perdidosa interpone recurso de casación en la forma y en
- CONSIDERANDO: Que dicho memorial de recurso repite los mismos argumentos expuestos en el de apelación,
- En cuanto al anunciado recurso de casación en el fondo no acusa expresamente infracción a
- CONSIDERANDO: Que de la revisión del Auto de Vista impugnado se encuentra que el tribunal
- Que el recurso de casación en el fondo y en la forma, o en ambos,
- De lo expuesto se deduce que corresponde aplicar en el presente caso la normativa de
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
- Relatora: Ministra Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
- Ma. del Rosario Vilar G
- ?? ?? ?? ??
