Auto Supremo AS/0540/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0540/2004

Fecha: 21-Sep-2004

Que analizados esos antecedentes, se puede apreciar que la decisión adoptada por el Tribunal de


Que analizados esos antecedentes, se puede apreciar que la decisión adoptada por el Tribunal de Alzada corresponde a lo sostenido por la doctrina y la reciente jurisprudencia, sin perjuicio de lo cual, en atención a que el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial concede al Tribunal de Casación la facultad de disponer una revisión de oficio, es del caso ejercitar ese derecho en mérito a las disposiciones contenidas en los artículos 37 al 38 del Código Penal en relación a las posibles sanciones previstas por el artículo 55 de la Ley 1008 de 19 de julio de 1988