Sin embargo, puesto que la impugnación acusa que la resolución del ad quem viola derechos
Sin embargo, puesto que la impugnación acusa que la resolución del ad quem viola derechos constitucionales, el principio de legalidad de la prueba, las Leyes Sustantiva y Adjetiva Penales y que no se respetó el debido proceso, corresponde su admisión a fin de restablecer el orden procesal que se acusa infringido; consiguientemente el recurso de casación interpuesto abre la competencia del Tribunal Supremo y deviene en admisible
- CONSIDERANDO: que el Código de Procedimiento Penal promulgado por Ley Nº 1970 de fecha 25
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación presentado mediante memorial de fojas 600 a 602 relacionada
- Que si bien el recurso planteado cumple con la oportunidad de presentación prevista en el
- Sin embargo, puesto que la impugnación acusa que la resolución del ad quem viola derechos
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- A los efectos del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría remítanse a
- Sucre, nueve de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
