CONSIDERANDO: que, los co-procesados Beatriz Martha Quispe Condori y Freddy Daniel Colque Tolin a fojas
CONSIDERANDO: que, los co-procesados Beatriz Martha Quispe Condori y Freddy Daniel Colque Tolin a fojas 540 a 541 y 543 a 545, respectivamente, solicitan la extinción de la acción penal, apoyados en la Tercera Disposición Transitoria de la Ley 1970 y Sentencia Constitucional Nº 101/04 de 14 de septiembre de 2004, petitorios que corridos en vista fiscal, el Ministerio Público a fojas 547 a 549 requirió efectuando consideraciones de orden legal, relativos a que estos delitos afectan a la salud pública, la seguridad ciudadana, etc. se determine no haber lugar a la extinción de la acción penal
- PARTES : Ministerio Público c/ Germán Gómez Chambi y otros
- Fabricación de sustancias controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Que impugnando el citado Auto de Vista de fojas 518 a 519 vuelta y complementario
- Por su parte Pedro Chambi Tangara a fojas 530 a 531 recurre de casación, alegando
- CONSIDERANDO: que, de los elementos probatorios acumulados de fojas 1 a 120 de obrados, acreditan
- Que en el caso sub lite el órgano jurisdiccional ha valorado los medios de prueba
- CONSIDERANDO: que, la inobservancia de las formalidades acusadas de infringidas no constituyen causales de nulidad,
- CONSIDERANDO: que, los co-procesados Beatriz Martha Quispe Condori y Freddy Daniel Colque Tolin a fojas
- Que, de la revisión de los datos procesales se verifica que el 18 de enero
- RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre 15 de noviembre de 2005
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
