Que, de la revisión de los datos procesales se verifica que el 18 de enero
Que, de la revisión de los datos procesales se verifica que el 18 de enero de 2001 se produjo el hecho fáctico que originó la investigación del caso sub lite a fojas 1, 31 a 32, proceso que si bien no ha concluido, ello se debe a la inasistencia de los co-imputados y sus abogados defensores a los actuados judiciales de fojas 217, 223, 213, 244, 250, 308, 359, 360, 363 y 412, inconcurrencia a las audiencias del debate, como a la modificación de las medidas cautelares impuestas a los mismos co-procesados y la presentación de sus garantes, desprendiéndose que las diferentes suspensiones de audiencias es atribuible a los co-encausados, por lo tanto no existe en obrados, los presupuestos que hagan viable la extinción de la acción penal a favor de los mismos
- PARTES : Ministerio Público c/ Germán Gómez Chambi y otros
- Fabricación de sustancias controladas
- MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Que impugnando el citado Auto de Vista de fojas 518 a 519 vuelta y complementario
- Por su parte Pedro Chambi Tangara a fojas 530 a 531 recurre de casación, alegando
- CONSIDERANDO: que, de los elementos probatorios acumulados de fojas 1 a 120 de obrados, acreditan
- Que en el caso sub lite el órgano jurisdiccional ha valorado los medios de prueba
- CONSIDERANDO: que, la inobservancia de las formalidades acusadas de infringidas no constituyen causales de nulidad,
- CONSIDERANDO: que, los co-procesados Beatriz Martha Quispe Condori y Freddy Daniel Colque Tolin a fojas
- Que, de la revisión de los datos procesales se verifica que el 18 de enero
- RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre 15 de noviembre de 2005
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
