CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 315-316, interpuesto por Jorge Montaño Muñoz, en representación de Roberto José Gasser Terrazas, Gerente General de la empresa "Vicar S.R.L.", contra el auto de vista Nº 240/2001 de fs. 312-313, pronunciado el 23 de mayo de 2001, por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso laboral seguido por Juan Marcel Mora Mora, contra la empresa que representa el recurrente; el auto de fs. 324, por el que se concede el recurso de casación y todo cuanto ver convino y se tuvo presente para resolución, y;
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, el 9 de abril de 2001, emitió sentencia a fs. 293-294, declarando probada en parte la demanda de fs. 36-37, disponiendo que la empresa demandada, por intermedio de su Gerente General, cancele al actor la suma de $us. 10.605.-, por concepto de indemnización, vacaciones de 2 gestiones, prima por la gestión 2000 y reintegro de sueldos devengados
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Laboral
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- En apelación formulada por el apoderado de la empresa demandada, la expresada Sala Social y
- Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo, de fs
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal su análisis y
- II
- III
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II
