POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el art. 60 numeral 1) de la L.O.J., declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 315-316, con costas
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Laboral
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, la Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de
- En apelación formulada por el apoderado de la empresa demandada, la expresada Sala Social y
- Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo, de fs
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal su análisis y
- II
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II
