Auto Supremo AS/0470/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2005

Fecha: 08-Dic-2005

Por los antecedentes anotados, no se ha demostrado la existencia de vulneración a principios, derechos


No habiendo invocado el imputado ningún precedente contradictorio que contradiga al fallo recurrido, limitándose a señalar como precedente contradictorio la sentencia Nº 24 de fecha 6 de julio de 2004 (no se establece qué Tribunal dictó la misma) incumple lo dispuesto por el artículo 416 que claramente señala "El recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia, contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema" imposibilitándose la invocación de sentencias dictadas por tribunales de sentencia aspecto que determina la falta de requisitos obligatorios para la consideración de contradicciones del fallo recurrido con otros similares.

Por los antecedentes anotados, no se ha demostrado la existencia de vulneración a principios, derechos o garantías constitucionales, así como a precedentes contradictorios al fallo recurrido, por lo que deviene en infundado el recurso deducido