1) Que la Sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Sentencia cursante de fojas 50
Que dicha impugnación a la resolución del ad quem se resume en que acusa violaciones al debido proceso, restricción al derecho de defensa, existencia de defectos absolutos, defectos de sentencia y errónea aplicación de la norma sustantiva penal que se traducen en los siguientes aspectos.
1) Que la Sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Sentencia cursante de fojas 50 a 54 incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva, negándole el derecho a la defensa, siendo el derecho a la defensa irrenunciable e irrestricto en el desarrollo de todas las instancias del juicio, que la resolución impugnada no considera la fundamentación expuesta en la apelación restringida ni la tutela judicial que debe garantizar ejercer la defensa
- PARTES: Ministerio Público c/ Enzor Torres Cano
- Transporte de sustancias controladas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
- CONSIDERANDO: que el Tribunal de Sentencia Penal Nº 4 de la ciudad de Santa Cruz
- CONSIDERANDO: que contra la sentencia de primer grado el procesado interpone apelación restringida, recurso resuelto
- CONSIDERANDO: que contra el fallo de segundo grado Enzor Tórres Cano recurre de casación mediante
- 1) Que la Sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Sentencia cursante de fojas 50
- 2) Que el Auto de Vista impugnado sería contrario al precedente invocado: Auto Supremo Nº
- CONSIDERANDO: que examinado el cuaderno procesal y cada uno de los puntos de impugnación al
- 3) En consideración y análisis del precedente invocado en relación al Auto Supremo Nº 479/2003
- Por los antecedentes anotados no se ha demostrado la existencia de vulneración a principios, derechos
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Relator: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, ocho de diciembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
