Auto Supremo AS/0473/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0473/2005

Fecha: 08-Dic-2005

CONSIDERANDO: que examinado el cuaderno procesal y cada uno de los puntos de impugnación al


CONSIDERANDO: que examinado el cuaderno procesal y cada uno de los puntos de impugnación al fallo recurrido se establece:

1) Que el recurrente, al manifestar que la Sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Sentencia habría incurrido en errónea aplicación de la ley sustantiva, negándole el derecho a la defensa, confunde las normas sustantivas con las adjetivas o procesales ya que las normas sustantivas son las que están establecidas en el Código Penal y dan los lineamientos básicos del Derecho Penal Boliviano, así como la descripción de cada uno de los tipos penales; en cambio el Derecho Procesal Penal Boliviano se encuentra regulado por la Ley 1970. Consecuentemente, las normas sustantivas nada tienen que ver con las normas procesales donde se encuentra inmerso el derecho a la defensa del imputado, por lo que mal podría violarse el derecho a la defensa inobservando normas sustantivas penales