Auto Supremo AS/0118/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2005

Fecha: 23-Abr-2005

II


II.- Este Tribunal en casos similares, determinó que: "... Concurso de acreedores. Los concursos de acreedores sean necesarios o voluntarios, se constituyen por la acumulación concurrente de procesos ejecutivos por orden judicial seguidos a un deudor para el cobro de obligaciones debidas a diferentes acreedores, o sea que dicho de otra manera es un juicio ejecutivo con sujetos múltiples ... El hecho de que un juicio ejecutivo simple se convierta en un proceso con sujetos múltiples no cambia en absoluto la naturaleza del proceso y consiguientemente, continúa aplicándose las normas que rigen para ésta vía judicial y en especial el art. 31-II de la L. Nº 1760 llamada de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar, que no admite la casación debido a que el último recurso en juicio ejecutivo se limita sólo a la apelación ... Por tanto: IMPROCEDENTE ...". (A. S. Nº 200 de 8 de agosto de 2000. Sala Civil)