Auto Supremo AS/0094/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0094/2005

Fecha: 09-May-2005

CONSIDERANDO: La prueba acumulada al proceso y, en general, lo actuado en el proceso, evidencia


CONSIDERANDO: La prueba acumulada al proceso y, en general, lo actuado en el proceso, evidencia innegablemente que el demandante ha incurrido en la causal 1) del art. 130 del Código de familia; esto es, ha quebrantado el deber de fidelidad que debía a su cónyuge, conforme dispone el art. 97 del mismo cuerpo legal. La prueba documental y testifical aportada por la demandada, especialmente el certificado de nacimiento cursante a fs. 21, demuestran sin lugar a dudas que el actor ha violado dicho primordial deber, justificándose la acción de divorcio, la sentencia y el auto de vista pronunciados en primera y segunda instancia por la causal de divorcio ya indicada