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4.- Sin embargo de la valoración efectuada por los jueces de grado, en el marco de la Ley de Descentralización Administrativa N° 1654 de 28 de julio de 1995 y del Decreto Supremo N° 24206 de 29 de diciembre de 1995, conforme la uniforme jurisprudencia sentada por este Tribunal, cabe mencionar que los cargos correspondientes a las Notas de Cargo N° 7/99 y 8/99 por agasajos a la Selección Sub-19 y a los deportistas más destacados de la gestión 1996, fueron dejados sin efecto en el entendimiento de que se establecieron con base al art. 25 del D.S. N° 21364 de 13 de agosto de 1986, reglamentario de la Ley Financial que sólo tuvo vigencia legal para el período fiscal de la gestión de 1986, lo que no es evidente, por cuanto, subsistió vigente en el periodo auditado habiendo sido derogado en la gestión de 1997 mediante D.S. N° 24630 de 23 de mayo de 1997, únicamente el Capítulo V, consiguientemente al omitir la vigencia de la mencionada disposición legal como justificativo para el levantamiento de los cargos que sustentan las Notas de Cargo aludidas, tanto en la Resolución de fs. 320-321 como en el Auto de Vista impugnado de fs. 343, incurrieron en error de derecho, hecho que abre la competencia de este Tribunal para que sea enmendado
- AUTO SUPREMO Nº 200 - Coactivo Fiscal Sucre, 20 de julio de 2005
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que la Prefectura Departamental de Tarija en base a los Informes de Auditoría N°
- En conocimiento del Auto de Vista N° 100/2000 de 24 de noviembre de 2000, la
- CONSIDERANDO: Que ingresando a su revisión en relación a los antecedentes del proceso, se concluye
- Siendo útil en este punto dejar establecido que, si bien es cierto que los Informes
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- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso intentado en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Dr. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Sucre, 20 de julio de 2005
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
