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2. que, el Tribunal de sentencia y el de alzada vulneraron el Art. 370 inc. 1) de la Ley 1970 al aplicar la última parte del Art. 221 del Código Penal, incurriendo en errónea aplicación de éste precepto legal
- otros. Contratos lesivos al Estado y otro
- CONSIDERANDO: que, Hugo Solares Zamora, en su recurso de casación de fojas 431 a 440,
- 2
- Que por su parte, Benito Gonzáles Noya, en su recurso de casación de fojas 446
- A su turno, Edgar Hugo Rivera Nasica en su recurso de casación de fojas 457
- 3
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- CONSIDERANDO: que, cumplidas como se hallan las condiciones previstas por los Arts
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de justicia en aplicación de
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
