Auto Supremo AS/0240/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2005

Fecha: 20-Jul-2005

CONSIDERANDO: que, cumplidas como se hallan las condiciones previstas por los Arts


CONSIDERANDO: que, cumplidas como se hallan las condiciones previstas por los Arts. 416 y 417 de la Ley 1970 de interponer los recursos dentro del término de ley e invocar los precedentes contradictorios, que es el presupuesto de carácter formal para su admisión con la posibilidad de determinar la situación de hecho similar y establecer el sentido jurídico contradictorio, corresponde la admisión de los recursos, observando que el primer recurso confunde las formas de resolución de la Ley 1970 que no contempla casar la resolución recurrida, con las del Decreto Ley 10426 de 23 de agosto de 1972 que en su Art. 307-3) estatuye casar la resolución recurrida